viernes, 13 de marzo de 2020

Coronavirus y neurociencia ¿cerebro social?

Nos trae Ángel una reflexión necesaria en estos días de #pandemia y en los que el cerebro individual, la manera en la que ha sido formando, socializado, educado... y ese "otro cerebro social" y sus maneras de relacionarse entre individuos, sus conexiones, sus experiencias diversas de calidad... todo está contaminado. 

Si era necesario un documental como Brain Matters, si estábamos intentando llamar la atención de la importancia de esas primeras acciones e interacciones de la tribu que educa, una pandemia, un coronavirus ...nos esta poniendo a examen a todos, sin excepción , en el Planeta Tierra.

Hoy, solo quiero compartir una triste realidad basada en datos y declaraciones. El valor y el precio, el coste y la credibilidad, el mimo y el respeto, la empata, la familia que construimos con sus valores y tiempos...
Imagen microscópica de un coronavirus.Hoy, no podemos confundir, porque lo impone un virus microscópico, lo que es educación de lo que es "guardería" o incluso instrucción o ese "adoctrinamiento" del que se hablaba en los medios hasta que todo lo paraliza un ser microscóopico.
¿Lo paraliza? o ¿lo muta?
Paseemos a informar a nuestro cerebro, en un primer momento


LA NEUMONÍA DEL PAÍS ASIÁTICO Coronavirus: Todo lo que se sabe del covid-19

  • Aquí, los datos y que cada cual saque sus conclusiones

RESOLUCIÓN CONJUNTA DE LAS VICECONSEJERÍAS DE POLÍTICA EDUCATIVA Y DE ORGANIZACIÓN EDUCATIVA SOBRE INSTRUCCIONES DE FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS AFECTADOS POR LAS MEDIDAS CONTENIDAS EN LA ORDEN 338/2020, DE 9 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS PREVENTIVAS Y RECOMENDACIONES DE SALUD PÚBLICA EN LA COMUNIDAD DE MADRID COMO CONSECUENCIA DE LA SITUACIÓN Y EVOLUCIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19), CON EFECTOS DESDE 11 DE MARZO DE 2020.

"El personal docente, de administración y servicios y cualquier otro que preste servicio en los centros acudirá a los centros educativos de la forma habitual. No obstante, se promoverá el sistema de teletrabajo siempre que sea compatible con la continuidad de las actividades educativas previstas en esta resolución, así como la flexibilidad horaria, los turnos escalonados y las reuniones por videoconferencia. Este punto 1 no será de aplicación a los educadores infantiles y al personal de las escuelas infantiles que quedarán excluidos de la obligación de asistir a los centros educativos."

Fdo.: Rocío Albert López-Ibor Fdo.: María Pilar Ponce Velasco

  • Los docentes quedan en un plan ¿real y sensato para evitar extender la pandemia?
  • Las educadoras de Escuela Infantil y algún educador varón (datos estadísticos)  tienen menor consideración que los docentes ¿ un escalón inferior? en esa política basada en valores determinados y en lenguajes que determinan ¿pensamientos?
Orden de la Consejería madrileña de Educación. (Clic para ampliar)
Haz click en la imagen y podrás leer la información 
                                                    
Haz click en la imagen y podrás acceder a la información 
  • Los horarios
Artículo 14. Cómputo de la jornada.
El número de horas de trabajo a la semana, para cada una de las categorías afectadas por este Convenio, son:
Maestro: 32 horas semanales.
Educador Infantil: 38 horas semanales.
Resto del personal: 39 horas semanales.
Artículo 12. Definición de puestos de trabajo.
Grupo I. Personal de aula:
a) Maestro: Es la persona que, reuniendo la titulación mínima requerida por la legislación vigente y con la especialización –o acreditación– correspondiente, elabora y ejecuta la programación del centro o ciclo; ejerce la actividad educativa integral en el centro o ciclo, desarrollando las programaciones curriculares. También realizará las actividades relacionadas con la salud, higiene y alimentación en el centro o ciclo.
b) Educador Infantil: Es la persona que reuniendo la titulación académica mínima requerida por la legislación vigente, desempeña su función elaborando y ejecutando la programación de su aula y ejerciendo la actividad educativa en su aula, desarrollando las programaciones curriculares, incluyendo las actividades relacionadas con la salud, higiene y alimentación en el centro.
c) Auxiliar de apoyo: Es aquel trabajador que, con la titulación mínima requerida por la legislación vigente en cada momento, ayuda, auxilia o apoya en las tareas diarias del aula que se le encomienden, incluyendo, entre otras tareas, aquellas derivadas del orden, seguridad, entretenimiento, alimentación, aseo y atención personal a los niños. Los auxiliares no podrán ejercer las funciones del titular de aula.
  • Escuchen al Gobierno cuando anuncian medidas..."Las Guarderías"...
Estos son los datos, este el documental, suyas son las conclusiones que diría Ana Pastor o verifiquen datos y contrasten lo que muta, o no, un ser microscópico.

                                  

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